A raíz de la tramitación de los proyectos de gobierno y oposición sobre el segundo retiro del 10% de los fondos previsionales, Fundación Sol publicó en su Twitter una infografía comparativa entre las iniciativas. Las distinciones que se identifican como clave radican en montos, público al que se dirigen, plazos, impuestos y condiciones de devolución. Sin embargo, algunos detalles han cambiado sobre las propuestas originales y en Check-In te los aclaramos.
Las distinciones iniciales
La Oposición ingresó a la Cámara de Diputadas y Diputados una moción de reforma constitucional el 27 de agosto de 2020. En esta, se proponía un proyecto para que quienes coticen en el sistema privado de pensiones, pudiesen efectuar un segundo retiro de sus fondos acumulados.
Esta iniciativa –liderada por Pamela Jiles– considera como beneficiarios a todos los afiliados a una Administración de Fondos de Pensiones (AFP), a quienes se les permitiría retirar hasta el 10% de sus fondos, o un máximo de 150 UF. Además, se estipula el pago de este monto en una sola cuota en un plazo no superior a 15 días.
Otros de los puntos fundamentales del proyecto de la diputada, es que se establece la voluntariedad de reintegrar el monto retirado. Por último, no se considera el pago de impuestos bajo ninguna condición.
Por otra parte, el Gobierno presentó su propia iniciativa al respecto el 19 de noviembre de 2020. Esta propuesta comparte el objetivo del retiro, pero preliminarmente se diferenciaba en aspectos esenciales.
Mientras que la moción de Jiles señalaba que todos los afiliados podrían retirar, el proyecto del Ejecutivo restringía a las personas con cotizaciones previsionales declaradas en el mes anterior y cuyas remuneraciones sean iguales o superiores a 100 UF, y a las autoridades públicas de esta posibilidad.
También, el Gobierno fijó el pago en dos cuotas, la primera a cancelar en un máximo de 60 días hábiles, y la segunda con un plazo de 10 días hábiles a contar desde la entrega inicial.
Además, el mensaje original establecía la obligatoriedad del reintegro de los fondos a quienes eventualmente realizaran el retiro, considerando a su vez el pago de impuestos acorde a los ingresos de cada afiliado. Este último punto fue el que hizo que la nueva iniciativa se considerara un “autopréstamo” como indicó la Fundación Sol vía Twitter.
Tal como se mostraba en esta y otras infografías – como la de La Tercera de donde sacaron la información para armar la gráfica de Fundación Sol -, las principales diferencias entre las iniciativas residían en las cifras a retirar, los beneficiarios, las indicaciones de reintegro, formas de pago e impuestos.
Cambios en el proyecto del Ejecutivo
Sin embargo, a partir de la votación en las comisiones unidas de Trabajo y Hacienda del Senado, se generaron cambios algunos puntos del proyecto del Gobierno.
La tarde del martes 24 de noviembre la iniciativa del Ejecutivo se discutió en particular y se rechazaron algunos de los artículos distintivos del proyecto de Oposición. Uno de ellos fue el n°6, que indicaba la obligatoriedad del reintegro.
Otra de las negativas que se dio en la Comisión fue sobre los plazos para el pago de cuotas, quedando ahora de 15 días máximo para la cancelación de cada 50%. También, se rechazó la exclusión de las personas con altas rentas como beneficiarios, quedando al igual que la moción de la Cámara en este aspecto.
Con todo, la tabla comparativa ahora se configura así:
Propuesta Gobierno | Moción Oposición | |
¿Cuánto puedo sacar? | Un mínimo de 35 UF y un máximo de 150 UF. | Un mínimo de 35 UF y un máximo de 150 UF. |
¿Para quiénes? | Para todos los afiliados, excepto autoridades máximas del Estado. | Para todos los afiliados. |
Devolución | Voluntaria. | Voluntaria. |
¿Plazo de pago? | El 50% se pagará en 15 días hábiles, y el 50% restante en máximo 15 días hábiles desde el primer pago. | Hasta 15 días hábiles. |
Impuestos | Sí pagará impuestos según los ingresos del afiliado. | No paga impuestos. |