El Superintendente de Salud, Víctor Torres, conversó con Mesa Central de Tele13 Radio sobre la situación que le espera a las Isapre tras la aprobación de la ley corta, que las compromete a restituir los cobros en exceso estimados en US$1.240 millones por la aplicación obligatoria de la nueva tabla única de factores (TUF) a todos sus afiliados. En este artículo te ponemos #EnContexto sobre las declaraciones del Superintendente y la situación que deben resolver las Instituciones de Salud Previsional.
¿Cómo se va a restituir este cobro a los afiliados?
«La gente puede pensar que al día siguiente le va a llegar un cheque con un monto. Esto no es así, sino que es vía excedente (…) En cada mes que se generó una deuda se devuelve en un mes una cuota mensual».
«Este monto queda disponible en las cuentas individuales de excedentes de las personas, por lo tanto, ellos podrán utilizar el dinero en compra de medicamentos, en pago de prestaciones, y si no los utilizan, en enero del año siguiente se les devuelve en efectivo el saldo acumulado», dijo Torres.
Además, la ley corta establece un plazo máximo de 13 años para reembolsar el dinero que se cobró en exceso a los afiliados menores de 65 años y un plazo de 5 años para los mayores de 65 años. En el caso de los asociados mayores de 80 años será en un periodo de 2 años. El margen de devolución está contemplado para los cobros realizados desde abril de 2020 en adelante.
También se incluyó un alza en los planes de salud, pero que no podrá superar el 10% de la cotización de salud correspondiente a julio de 2023. Por otra parte, se estableció que ninguna cobertura de salud puede costar menos del 7% obligatorio hasta la fecha.
¿Por qué se van a restituir cobros desde 2020 hacia delante?
«El problema se genera entre el año 2010 y el año 2020, cuando cae en el Tribunal Constitucional los artículos que permitían el calculo de precio final a partir de una tabla de factores diferenciada que contemplaba miles de datos con discriminación arbitraria (…) Entonces tienes diez años que no hay cómo calcularlos en una tabla» hasta que «un instrumento logra resolver el tema» y demuestra la retroactividad de esos años.
Por más de una década se aplicó una tabla de factores definida por cada Isapre, instrumento que permitía fijar los precios que debían pagar los afiliados y sus cargas según factores de riesgo, tal como sexo y edad. Además, se daban grandes diferencias en el precio de un mismo plan entre mujeres y hombres, y entre personas jóvenes y adultos mayores. En 2019 se creó la tabla única de factores que permitió fijar los mismos precios de planes de salud para todos.
El fallo de la Corte Suprema estableció que esta tabla debía aplicarse de forma retroactiva, esto quiere decir, que la tabla de factores ya no aplica solo para los planes nuevos, sino que deberá hacerse un reajuste para la totalidad de afiliados, por lo que ordenó recalcular el precio de cobertura de salud y restituir los excesos cobrados en los planes que se contrataron desde abril de 2020.
Los efectos indirectos en el sistema público
«Hay efectos sistémicos. El primer riesgo lo tiene el usuario del sistema privado, básicamente porque una caída de la Isapre podría afectar a las clínicas (…) En el caso de Fonasa, claramente hay que fortalecerlo (…) El proyecto también se hace cargo de la necesidad de poder mejorar la oferta de cobertura de Fonasa en la modalidad de libre elección, se pueden contratar seguros complementarios. De esta manera, las personas logra mantener sus prestaciones y sus prestadores sin ningún problema, pero claramente Fonasa tiene que fortalecerse, porque ya el año pasado recibió más de 300 mil personas».
Uno de los principales ejes de la ley corta es fortalecer y modernizar el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) por medio de la creación de la Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC). Esta medida permite que las personas que son beneficiarias de Fonasa puedan voluntariamente afiliarse a un seguro complementario licitado por esta entidad con el propósito de mejorar su protección financiera en salud. «Se puede elegir al prestador y Fonasa cubre», señala el Superintendente de Salud.
Por ejemplo y como señalan en la página web de Fonasa, las personas por medio de esta modalidad podrán elegir con qué profesional y/o en qué establecimiento atenderse dentro de la red de prestadores privados establecidos por convenios entre la complementariedad de las entidades público-privadas.
¿Qué alternativas a futuro tienen las Isapre?
«Eventualmente las Isapre podrían transformarse en seguros de salud complementarios (…) Podría ser una alternativa a mediano plazo (…) Esto en un sistema de seguros más regulado, porque hoy tenemos seguros complementarios que tiene escasa regulación, sobre todo regularización sanitaria».
Esto sería alcanzable bajo la idea de modernizar Fonasa por medio del fortalecimiento y la implementación de la Modalidad de Cobertura Complementaria.
El sistema privado y una reforma a la salud
«Sería irresponsable intentar ingresar una reforma a la salud en una situación de caída del sistema privado, no tienes como tramitar un proyecto de ley en esas condiciones en el Congreso (…) Nunca estas coyunturas son buenas para avanzar en reformas estructurales, que requieren mas trabajo, mayor discusión y mayor niveles de acuerdo, hay que restringirse a poder resolver la coyuntura y hay que hacerlo con responsabilidad, prudencia y con sentido de urgencia», con estas palabras cierra su entrevista radial el Superintendente de Salud, Víctor Torres.