Las y los chilenos ya decidieron y la jornada del 25 de octubre fue solo el inicio del proceso de redacción de una Nueva Constitución que deberá ser ratificada en otro plebiscito durante el segundo semestre de 2022. Pero ¿qué pasos vienen ahora? La Ley 21.200 responde esa pregunta y acá te contamos qué dice.
La normativa, publicada el 24 de diciembre del año pasado, modificó el Capítulo XV de la Constitución Política, sobre Reforma de la Constitución, para definir un procedimiento de elaboración de la nueva Carta Fundamental.
En ella se establece que el primer paso es elegir a quienes integrarán la Convención Constitucional. Esto ocurrirá el mismo día de las votaciones de alcaldes, concejales y gobernadores, es decir, el próximo 11 de abril de 2021.
Quienes sean electos se llamarán “Convencionales Constituyentes” y deberán conformar, tras el llamado del Presidente de la República, la primera sesión de instalación de la Convención. En esa instancia se elegirá, por mayoría absoluta, al presidente y vicepresidente.
Además, los convencionales deberán constituir una secretaría técnica conformada por integrantes de comprobada idoneidad académica o profesional.
La redacción y aprobación de la propuesta de la Nueva Constitución deberá realizarse en un plazo máximo de 9 meses que podrán prorrogarse, por única vez, hasta un total de 12 meses. Una vez que se cumpla ese plazo, la convención se disolverá de pleno derecho.
Teniendo la propuesta del texto lista, el Presidente de la República deberá convocar a un nuevo plebiscito, esta vez de salida, para que la ciudadanía apruebe o rechace el texto. Debido a la posibilidad de prorrogar el tiempo de redacción, la fecha exacta de esa votación aún no se sabe, sin embargo, debería realizarse durante el segundo semestre del 2022.
Aquella jornada de sufragio tendrá características distintas a las que se vivieron ayer:
– Solo se entregará una papeleta con la pregunta «¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?» y las opciones “Apruebo” y “Rechazo”.
– El voto será obligatorio y se aplicará una multa de 0,5 a 3 UTM para quienes no se presenten a sufragar.
De ser aprobado el texto, el Congreso Pleno y el mandatario promulgarán, jurarán o prometerán respetar y acatar la Nueva Constitución en un acto público y solemne. Posteriormente se publicará en el Diario Oficial y entrará en vigencia, quedando derogada la actual Constitución Política.
De ser rechazada la propuesta tras el plebiscito ratificatorio, continuará en vigor la presente Carta Fundamental.
*Nota por Sara Sorza.